4 de abril de 2018

Jurisprudencia: arbitrariedad (qué es y qué no es)

La jurisprudencia histórica del Superior Tribunal de Justicia del Chubut permite esquematizar la idea de arbitrariedad ((ver)), su característica y operatividad. Así, es relevante considerar que: 
  • La procedencia de la tacha de arbitrariedad requiere:
  • un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista para el caso o
  • una absoluta carencia de fundamentación (STJCh, SI  N° 72/89, 58, 96, 176, 223/92); 
  • es de característica estrictamente excepcional; 
  • no autoriza la sustitución del criterio de los jueces de la causa 
  • en la interpretación de las normas y preceptos comunes,
  • ni en la apreciación y valoración de  los  hechos y pruebas del  proceso;
  • aun cuando se pudiera extraer otra conclusión del caso, con fundamento igualmente razonable, no es ello suficiente para impugnar de arbitraria una sentencia, cuando la misma cuenta con fundamentos bastantes que obstan a su descalificación como acto jurisdiccional (STJCh, SI N° 45/SRE/2006, 80/SRE/2008 y 82/SRE/2008).
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