Adecuación del monto mínimo de apelabilidad del art. 242 del Código Procesal Civil y Comercial (ley 17.454 t.o. 1981).
ACORDADA 16/2014 - C.S.J.N. ((ver))
Fecha de Emisión: 15/05/2014
Boletín Oficial, 19/05/2014
En Buenos Aires, a los 15 días del mes de mayo del año dos mil catorce, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que con arreglo a esa norma de la ley del rito, corresponde al Tribunal adecuar anualmente ese valor, si correspondiere (cfr. segundo y tercer párrafo).
Por ello,