30 de abril de 2016

Jurisprudencia: la motivación de la sentencia

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata dictó sentencia en la causa "Iezzi, Jorge y ot. c/ Auto Club Balcarce y ot. s/ Daños y perjuicios" y su acumulada "Ibarra", el día 15/03/2016, y, entre otras consideraciones, señaló lo siguiente que me interesa resaltar:
  • El derecho de las partes a obtener de la jurisdicción una sentencia motivada, se traduce normativamente en el deber que tienen los jueces de desplegar en sus resoluciones una fundamentación suficiente, que contenga las razones expuestas en forma clara y coherente, que concurran en un razonamiento inteligible y que de soporte a la aceptabilidad de la decisión, ((ver))
  • la motivación hace a la legitimidad y validez intrínseca del acto jurisdiccional como tal y conlleva a la necesaria exteriorización --ordenada y coherente en términos lógicos-- de los argumentos que permitan persuadir a las partes y a la ciudadanía toda de la corrección y justicia de la decisión adoptada, ((ver))
  • este deber básico del quehacer jurisdiccional no expresa una exigencia genérica de controlabilidad hacia las partes del conflicto, sino que permite un control difuso y generalizado del modo en que un juez administra justicia: una garantía de contrabilidad democrática,
  • no es tarea del juez desarrollar argumentaciones jurídicas eruditas, extensas o que agoten todas las dificultades interpretativas que el derecho usualmente motiva (lo que es propio del estudio científico o académico), ((ver))((ver))
  • como bien decía Calamandrei: "Las sentencias de los jueces deben, dentro de los límites de las posibilidades humanas, ser sencillamente justas" (en: "El elogio de los jueces", citado en la sentencia original).
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En suma: a las partes no les interesa tanto saber cuánto ha leído el juez sobre cuestiones abstractas y generales sino que les resuelva el caso con razones concretas; esto es, razones aceptables porque traducen en forma clara y coherente la justicia o equidad de la solución propuesta para el caso, a la luz de los hechos probados y el derecho aplicable a estos.

10 de abril de 2016

Síntesis: ¿qué es la cultura?

¿Qué es la cultura? Básicamente, en términos antropológicos (1), y como precisó un autor local, la cultura es el conjunto de tradiciones y estilos de vida, aprendidos y socialmente adquiridos, de los miembros de una comunidad, así como su conducta, esto es, sus modos repetitivos de pensar, sentir y actuar (2) ((ver)).

Sintéticamente cabe señalar que el núcleo de la cultura contiene normas, valores y creencias (3), con el siguiente alcance:

– Las normas son reglas formales o informales que regulan la conducta de los miembros de la sociedad (4); algunas reglas son comunes a muchas sociedades, otras son particulares ((ver));

– los valores de una sociedad son modelos culturalmente definidos, conforman una guía compartida de las conductas individuales y colectivas; por ellos las personas que integran una cultura realizan evaluaciones, una escala que va desde lo que es deseable hasta lo que carece de valor ((ver));

– las normas y los valores son fuente de los patrones ideales de una sociedad; éstos representan los conjuntos de ideas que indican los códigos de conducta preferidas en cada momento; frente a ellos surgen los patrones reales que indican, no lo que el individuo o grupo debiera hacer, sino lo que realmente hace ((ver));

– las creencias están compuestas de enunciados específicos acerca del mundo y de las cosas, no verificables, que se consideran “ciertas” (5); las creencias y la ideología (6) comportan dos dimensiones de la llamada cultura inmaterial, que proporcionan la cosmovisión del individuo;

– en las modernas sociedades occidentales es frecuente que normas, valores y creencias entren en conflicto ((ver)), dado que son sociedades en permanente cambio, que incorporan elementos de otras culturas de forma constante; los procesos de cambio, por suma de modificaciones individuales de las conductas, dan lugar a inconsistencias valorativas que son causas de crisis generales dentro de las culturas ((ver)); las culturas controlan los cambios mediante el establecimiento de limitaciones (reglas formales e informales, control y sanción)(7); sin embargo, la trasgresión más o menos constante de las limitaciones culturales hace que las culturas cambien;

– la cultura está compuesta por símbolos; los gestos, las palabras, las actitudes, etc., son simbólicos; el significado de tales símbolos depende de cada cultura, esto es, del consenso de los individuos y grupos que la integran (8); así, lo que hacen los miembros de una sociedad es descodificar constantemente los símbolos que perciben, a fin de dotarlos de significados; a la imposibilidad de interpretar los símbolos de una cultura distinta de la propia se denomina “choque cultural”.


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(1) Gómez Pellón, Eloy, “El concepto de cultura”, en “Introducción a la antropología social y cultural”, Ed. OCW, Universidad de Cantabria, España, 2010, n° 2.3; ahí explica que la cultura en la idea original de E. Taylor (1871), creador de la antropología académica, “es ese todo complejo que incluye el conocimiento, las creencias, el arte, la moral, el derecho, las costumbres y cualquiera de los hábitos y capacidades adquiridos por el hombre en cuanto miembro de una sociedad”.
(2) Alterini, Atilio A., “Cultura y derecho privado”, La Ley, 1996-B, 932.
(3) Gómez Pellón, “El concepto”, cit., n° 2.4.
(4) Comp. Berger, Peter L. – Luckman, Thomas, “La construcción social de la realidad”, Ed. Amorrortu, Buenos Aires, 17ª ed., 2001.
(5) Guibourg, Ricardo A., “La construcción del pensamiento”, Ed. Colihue, Buenos Aires, 2006, p. 57 y sig. Sobre la modelización de la “realidad” y la verdad.
(6) “Una ideología es una manera de percibir y evaluar los hechos, y por consiguiente cumple un papel en nuestras elecciones y acciones sociales”, conf. Bunge, Mario, Las ciencias sociales en discusión, Ed. Sudamericana, Buenos Aires, 1999, p. 272.
(7) Comp. North, Douglass C., “Instituciones, cambio institucional y desempeño económico”, México, 2001, p. 14 y sig.
(8) Augé, Marc – Colleyn, Jean-Paul, “Qué es la antropología”, Ed. Paidós, Buenos Aires, 2012, p. 68 y sig.; ahí explican la representación en la antropología.