Mostrando entradas con la etiqueta AADP. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta AADP. Mostrar todas las entradas

20 de abril de 2024

Tutelas sumarias = Hacia el XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal

A instancia de la Asociación Argentina de Derecho Procesal (AADP)((ver)) se realizará el XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal ((ver)) en la ciudad de Mar del Plata, los días 14, 15 y 16 de noviembre próximo. La AADP ya publicó el reglamento del congreso ((ver)).

La sede del evento será la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata ((ver)), sito en calle 25 de Mayo 2855/65 de la mencionada ciudad. 

Bajo la invocación de esta afirmación: "El Derecho Procesal a 30 años de la Reforma a la Constitución Nacional", la Comisión de derecho procesal civil tendrá -en lo que me interesa- el siguiente eje temático:

1- Tutelas diferenciadas en la reforma de 1994 (ambiente, consumo, personas en condición de vulnerabilidad, entre otros):

- Tutela colectiva e individual de derechos sujetos a protección especial; adaptación de los principios en los procesos de tutela diferenciada: adecuación de las formas, poderes oficiosos del tribunal, colaboración, gratuidad y otras herramientas para el acceso a la justicia.

- El amparo a treinta años de su incorporación a la Constitución.

- Los desafíos de la efectividad en la tutela de los derechos fundamentales: medidas cautelares, procesos urgentes, tutela de evidencia, cumplimiento y ejecución de la sentencias en procesos individuales y colectivos.

-:-

Dos referencias, por lo menos, pueden ser útiles -como aporte- para aquellos que pretendan presentar una ponencia sobre estos puntos.

  1. La ponencia que presenté en el "XXV Congreso Nacional de Derecho Procesal", también organizado por la AADP en la Universidad Nacional de Buenos Aires, en el mes de Noviembre de 2009, titulada: "Tutela sumaria: diferenciada y ordinaria", publicada en el Libro de Ponencias (pág. 182/189), a la que se puede acceder (( aquí )) para continuar la posta.
    • Resumen: "En la presente ponencia se realiza un cotejo histórico del surgimiento de las tutelas diferenciadas, como instrumentos superadores de la insuficiencia del proceso ordinario. Se examina el derecho comparado y se contraponen posiciones locales representativas. En ese contexto, se observa el progreso nacional de las tutelas diferenciadas, se establece cuál es su fundamento, su método y técnica, y se propone cuál debería ser su dinámica procesal común. También se realiza su confronte y control de constitucionalidad. Por último, se sugiere reacomodar el proceso ordinario según la técnica sumaria monitoria, para integrarlo al sistema procesal como alternativa válida que responda a las actuales necesidades de justicia social".
    • También pueden consultarse las siguientes notas de este Blog, con la interconexión germinal de ideas:
      • Carpi: proceso y pronóstico ((ver))
      • Esquema para pensar el proceso actual ((ver))
      • El proceso y los procesos ((ver))
      • Tutelas procesales diferenciadas ((ver))
      • Síntesis: tutela ordinaria y diferenciada ((ver))
      • Teoría sintética del proceso monitorio ((ver))
      • ¿Proceso ordinario con estructura monitoria? ((ver))
      • El debido proceso / origen y finalidad ((ver))
      • Debido proceso eficiente y efectivo ((ver))
      • Es el Debido Proceso sí, y solo sí, es eficiente y eficaz ((ver))

  2. El profesor Roberto Berizonce publicó un artículo titulado: "Regulación procesal de las tutelas diferenciadas de la Constitución", en Revista Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Nacional de La Plata. UNLP - año 15/Nº 48-2018 (pp. 835/856).
    • Resumen: "A  partir  del  paradigma  protectorio  de  la  Constitución  y  el  derecho  humanitario, desarrollado en el Código Civil y Comercial se analizan los derechos típicos de las personas en situación de vulnerabilidad. Se postula una justicia protectoria, “de acompañamiento”, articulándose las bases para su regulación en las normativas procesales"


31 de marzo de 2014

Congreso Nacional de Derecho Procesal 2015

Convocatoria AADP para sugerir temas de trabajo de cara al 

XXVIII Congreso Nacional de Derecho Procesal


La Asociación Argentina de Derecho Procesal convoca a sus asociados, profesores y especialistas en la disciplina a proponer temario para la realización del XXVIII Congreso Nacional de Derecho Procesal, a realizarse en el mes de Septiembre de 2015 en la Ciudad de San Salvador de Jujuy. 

El tema general del Congreso, en el marco del cual deberán efectuarse las propuestas es “Las reformas procesales y organizacionales”

Los interesados podrán dirigir sus propuestas y sugerencias al correo electrónico info@aadproc.org.ar hasta el 15 de abril de 2014.

28 de junio de 2013

XXVII Congreso Nacional de Derecho Procesal ((ver))
“Una sentencia cumplida es un derecho escuchado”

Córdoba - 18, 19 y 20 de setiembre de 2013

La realidad social nos impone pensar los modos y formas más adecuadas para hacer efectivas las decisiones judiciales. El proceso como instrumento de debate racional para la solución pacífica de los conflictos intersubjetivos, que se producen entre sujetos que conviven en sociedad, ha sido el principal objeto de interés contemporáneoSu estudio y desarrollo ha captado la atención de la comunidad toda; sin embargo, su jerarquía científica se aquilata al procurar un sistema procesal que resulte “efectivo”. 

Es que el Estado de Derecho no solo se manifiesta en la construcción normativa sino y en especial, con un sistema procesal que garantice a los miembros de una sociedad los derechos reconocidos jurisdiccionalmente. Es por ello que el tema que convoca reside en la “Ejecución de las decisiones judiciales y la efectividad de los derechos”.
La norma jurídica que no es eficaz, no reúne los requisitos de tal pues le falta el recaudo de la vigencia. Ese recaudo (la vigencia) ante la falta de observancia, sólo se obtiene mediante una decisión jurisdiccional que sea eficaz, esto es, que logre –en un tiempo razonable- que su mandato sea efectivo y materialmente cumplido, satisfaciendo integralmente la pretensión triunfante.
Es por lo dicho que este XXVII Congreso Nacional de Derecho Procesal tiene como objeto analizar los distintos medios que, según el derecho material que se trate, alcance la finalidad propuesta, esto es, “la efectividad de las decisiones jurisdiccionales”.-

Quiera Dios que nuestra tarea y nuestros debates sean fructíferos.-

Dr. Jorge Horacio Zinny
Presidente de la Comisión Organizadora

Asociación Argentina de Derecho Procesal (AADP)


30 de abril de 2013

Preocupación de ley

La Asociación Argentina de Derecho Procesal publicó en su sitio web el documento en el que detalla cuál es la opinión que tiene en relación con el paquete de leyes de reforma del Poder Judicial ((ver)).

El texto inicia diciendo:

PREOCUPACIÓN POR LOS PROYECTOS DEL PODER EJECUTIVO SOBRE “JUSTICIA DEMOCRÁTICA”.
Tres de los seis proyectos legislativos que el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso preocupan seriamente a la opinión pública y al mundo político, judicial y académico: uno destinado a regular las medidas cautelares contra el Estado, otro relativo a la composición y funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Nación y, finalmente, un tercero que procura crear Cámaras de Casación para revisar las sentencias de los tribunales nacionales y federales de segunda instancia... acceder al texto completo...