27 de agosto de 2010

Evolución de la sociedad en sustancia y el rol del proceso

La evolución de la sociedad puede ser explicada desde el punto de vista institucional (( ver )) y por una relación de costo-beneficio racional. Así tendremos:
  • La vida simple, en el seno de las aldeas, se desarrolló a partir de una producción agrícola, artesanal y autosuficiente. La posterior evolución hacia complejos mercados regionales, caracterizados por una producción fabril con intercambios masificados, implicó una alteración de las condiciones del comercio y de las relaciones entre los individuos. 
  • Esa evolución fomentó la especialización y la división del trabajo para reducir los costos de producción. Pero, paralelamente, incrementó los costos de transacción, como consecuencia de una "clientelización" menos frecuente entre personas extrañas y ubicadas en regiones muchas veces distantes. 
  • Estos hechos incentivaron la búsqueda de instituciones que facilitaran las negociaciones y redujeran los costos, tanto de medir los atributos de los bienes y servicios que se negociaban, como de exigir el cumplimiento obligado de los contratos concretados. 
  • Surge así una legislación (principalmente comercial) uniforme, procedimientos judiciales estructurados sobre principios comunes y tribunales especializados (( ver )) y sujetos a autoridades centrales, primero de orden privado y luego de carácter estatal.
Dos son, entonces, y por lo menos, las circunstancias determinantes de la evolución institucional: 1) una “economía de escala” que, asociada a un volumen creciente de comercio, procura aumentar los beneficios y disminuir los costos de producción; 2) el desarrollo de “mecanismos” institucionales de información, control y coacción, que permiten negociar y exigir el cumplimiento de los contratos, o de las obligaciones en general, a más bajo costo.

La reseña anterior permite poner en evidencia la simbiosis que existe entre la sustancia y la forma, que vincula, desde el punto de vista institucional, los fines individuales y sociales con los medios ideados para conseguirlos. 

Esta es la transición del pensamiento (integral) que no debe perderse de vista al analizar el “proceso judicial”, pues representa, en el orden sucintamente expuesto, el “mecanismo” institucional de control y coacción que permite producir determinados efectos (económicos, sociales y axiológicos) a favor de quien se dice/reconoce titular de un “derecho”.

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