29 de marzo de 2012

Anteproyecto de Código Civil y Comercial Unificado


El día 27/03/2012 se presentó el Anteproyecto de Código Civil y Comercial Unificado de la República Argentina ((ver)). La iniciativa tiene un peso relativo menor: 2671 artículos contra los 4051 actuales del Código Civil, a los que deben sumarse los correspondientes al disperso Código de Comercio y las demás leyes complementarias (textos oficiales). 

De una primera y rápida lectura surgen algunos temas interesantes. Por ejemplo, se determinan distintos aspectos vinculados al derecho procesal o, directamente, se regulan procesos específicos vinculados a los institutos sustanciales.
La Corte Suprema tiene dicho al respecto que la Nación esta habilitada para dictar normas de procedimiento, con relación al derecho común, aplicables por los tribunales locales –sin perjuicio de ser una atribución reservada por las provincias según el art. 121 de la Constitución Nacional–, cuando fuesen "razonablemente estimadas necesarias para el mejor ejercicio de los derechos" consagrados por las normas de fondo (Sagües) [1]
Veamos: 
  1. deber de motivar las sentencias (art. 3); 
  2. legitimación, partes, prueba, sentencia, medidas de protección en la Sección dedicada a las "Personas con incapacidad y con capacidad restringida por razón de carencias de salud" (ver arts. 34 y sig.); 
  3. tipo de proceso en cuestiones vinculadas al nombre de las personas (art. 70); 
  4. legitimación (competencia) del Ministerio Público tutelar (art. 103); 
  5. proceso de divorcio: legitimación y requisito de admisibilidad (arts. 434 y sig.); 
  6. tipo de proceso para encauzar el pedido de alimentos (alimentos provisorios, prueba, legitimados, recursos, efectos de la sentencia, medidas cautelares) (arts. 543 y sig.); 
  7. proceso en la "Declaración judicial del estado de adaptabilidad" (admisibilidad y procedencia, legitimados, procedimiento, sentencia) (arts. 607 y sig.); 
  8. competencia, intervención del equipo técnico y sentencia en la "Guarda con fines de adopción" (arts. 611 y sig.); 
  9. proceso de adopción: competencia, requisito de admisibilidad, procedimiento, efecto de la sentencia (arts. 615 y sig.); 
  10. procesos de familia: principios generales, participación en el proceso de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad, acceso restringido al expediente, prueba (testigos) (arts. 705 y sig.), reglas de competencia (arts. 716 y sig.), medidas provisionales (arts. 721 y sig.); 
  11. prioridad del primer embargante en la Sección "Garantía común de los acreedores" (art. 745); 
  12. costas en la Sección "Responsabilidad por evicción" (art. 1047); 
  13. proceso arbitral (contrato) (arts. 1649 y sig.); 
  14. prueba en la Sección "Prueba de los factores de atribución y de las eximentes" (carga de la prueba, prueba dinámica) y "Prueba de la relación de causalidad" (carga de la prueba) (arts. 1731 y 1732); 
  15. legitimación en la Sección "Presupuestos de admisibilidad" en el proceso por el resarcimiento de daños a derechos de incidencia colectiva o individuales homogéneos (art. 1747); alcance de la sentencia y cosa juzgada (art. 1748); 
  16. legitimación en la Sección "Títulos valores no cartulares" (art. 1851, inc. a); 
  17. sentencia y tipo de proceso en la prescripción adquisitiva (art. 1905); 
  18. tipo de proceso la subrogación del propietario no deudor (art. 2202) de la Sección "De los derechos reales de garantía"; 
  19. sentencia, cosa juzgada en las acciones posesorias (arts. 2241 y 2242), prueba, tipo de proceso y legitimación (arts. 2243 y sig.); admisibilidad, sentencia en las acciones reales y cosa juzgada (arts. 2249 y 2251); 
  20. legitimación, prueba y sentencia en la acción de reivindicatoria (arts. 2255 y sig., y 2261); 
  21. proceso sucesorio: medidas urgentes (art. 2327); objeto y competencia (arts. 2335 y 2336); procedimiento en sucesión testamentaria e intestada (arts. 2339 y 2340); administración judicial de la sucesión (art. 2345 y sig.); 
  22. disposiciones procesales relativas a la prescripción: vías procesales, facultades del juez, admisibilidad (arts. 2551 y sig.); 
  23. medidas provisionales y cautelares en la jurisdicción internacional (art. 2603); litispendencia (art. 2604); prórroga de jurisdicción (arts. 2605 y sig.).
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[1] SAGÜES, Néstor P., "Elementos de derecho constitucional", Buenos Aires, 3a ed., act. y ampliada, 2003, T. 2, p. 129. Así, por ejemplo, la Corte en los casos CS, 1968, "Spinetto, Luis Alberto c/ Vincent, Miguel";  "Lanfranchi de Escala, Juana y otros c/ Jaureguiberry, Luis Raúl", Fallos 271:36.
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También sobre el Anteproyecto de Código Civil y Comercial Unificado de 2012 ver las siguientes notas en este Blog:
Sobre el Código Civil y Comercial de la Nación, Ley 26.994: