"En teoría, no existe diferencia entre teoría y práctica..."
13 de noviembre de 2012
Jurisprudencia: mobbing - asesoramiento ART
La Sala VIII de la Cámara Nacional del Trabajo dictó sentencia el día 25 de septiembre de 2012 en la causa “P. G. M. c/ TAM Linhas Aereas SA y otro s/ despido” (Expte. nº23.338/2009 - Citar: elDial.com - AA7A5C), y resolvió que las empresas Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) debe asesorar a las empresas afiliadas con el fin de que modifiquen aquellos aspectos que favorecen las situaciones de mobbing en el ámbito laboral.
A este fin, resolvió que:
"La ART, al tomar conocimiento de la situación de mobbing, debió asesorar y sugerira la empresa coaccionada que modificara todos aquellos aspectos que pudieran contribuir a mejorar:
las condiciones de trabajo,
el clima laboral y
disminuir los factores de riesgo psico-social,
para lo cual en la actualidad existen modernos métodos de diagnóstico, mediación y resolución de conflictos, que la ART debió poner a disposición de su empresa afiliada,
realizando también la capacitación del personal,
el directivo por sobre todo,
acerca de todo lo concerniente al tratamiento de las relaciones interpersonales en el ámbito del trabajo".
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