Según informó el sitio Infojus ((ver)) por el Dec. 207/16, del 18/01/2016 ((ver)) se dispuso equiparar la validez de la publicación electrónica del Boletín Oficial, a su versión impresa en papel.
Se estableció que la versión digital reviste carácter de oficial y auténtica y produce idénticos efectos jurídicos a los de la edición impresa.
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