22 de junio de 2025

Beccaria = Delito y AED

I. Introducción: 

El 14-2-2025 se publicó en este Blog: "Eliminar las consecuencias para inhibir las causas" ((ver)), en relación con la nota que publicó, en Infobae, Christian Poletti: "El negocio del delito" ((ver)). 

En esta nota esbozaré qué relaciones pueden extraerse de esa exposición y el planteo de Beccaría en su clásico: "De los delitos y las penas".

II. Puntos en común y posibles vinculaciones:

  • El delito como un cálculo racional: Tanto Beccaria como el autor Poletti sugieren que muchos delitos son el resultado de una decisión racional, basada en un cálculo de costos y beneficios ((ver)). Al igual que Beccaria, el autor argumenta que si se elimina la rentabilidad del delito, se reducirá su incidencia.
  • Crítica al enfoque puramente punitivo: Ambos autores cuestionan la eficacia de las penas crueles y desproporcionadas. Beccaria abogaba por un sistema penal basado en la prevención del delito, mientras que el artículo propone un enfoque más integral que ataque las causas subyacentes de la criminalidad ((ver)).
  • La importancia de la legislación: Beccaria sostenía que las leyes deben ser claras, justas y proporcionales al delito cometido. El artículo, aunque no se centra específicamente en la legislación, sugiere que las políticas públicas deben estar diseñadas para desincentivar la actividad criminal ((ver)).
  • La prevención del delito: Tanto Beccaria como el autor del artículo coinciden en que la prevención del delito es más eficaz que la represión. Beccaria proponía medidas como la educación ((ver))((ver)) y la mejora de las condiciones sociales ((ver))((ver)), mientras que el artículo sugiere atacar los incentivos económicos del delito ((ver)).

III. Conclusión provisoria:

Ambos autores ofrecen una perspectiva crítica del enfoque "tradicional" (¿actual?) del derecho penal y proponen alternativas basadas en la prevención y la racionalidad ((ver)). Sin embargo, es importante reconocer que el problema de la criminalidad es complejo y que no existe una solución única y definitiva ((ver))((ver)).

5 de junio de 2025

Ley V-203 - Reglamentación del art. 169 de la Constitución del Chubut


LA LEGISLATURA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
BO 5/5/2025

Ley V-203 

Artículo 1° - Objeto. La presente ley tiene por objeto reglamentar los alcances de la fundamentación individual de las resoluciones judiciales dictadas por órganos colegiados, conforme a lo establecido por el artículo 169 de la Constitución de la Provincia del Chubut.

Artículo 2°.- Remisión a antecedentes. Cuando una sentencia contenga una pluralidad de votos concurrentes o disidentes, y siempre que ello sea posible, el relato de los antecedentes, hechos de la causa y agravios de las partes podrá consignarse una sola vez. Los restantes votos podrán remitir expresamente a lo ya expuesto sobre estos puntos.