20 de abril de 2024

Tutelas sumarias = Hacia el XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal

A instancia de la Asociación Argentina de Derecho Procesal (AADP)((ver)) se realizará el XXXII Congreso Nacional de Derecho Procesal en la ciudad de Mar del Plata, los días 14, 15 y 16 de noviembre próximo. La AADP ya publicó el reglamento del congreso ((ver)).

La sede del evento será la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata ((ver)), sito en calle 25 de Mayo 2855/65 de la mencionada ciudad. 

Bajo la invocación de esta afirmación: "El Derecho Procesal a 30 años de la Reforma a la Constitución Nacional", la Comisión de derecho procesal civil tendrá -en lo que me interesa- el siguiente eje temático:

1- Tutelas diferenciadas en la reforma de 1994 (ambiente, consumo, personas en condición de vulnerabilidad, entre otros):

- Tutela colectiva e individual de derechos sujetos a protección especial; adaptación de los principios en los procesos de tutela diferenciada: adecuación de las formas, poderes oficiosos del tribunal, colaboración, gratuidad y otras herramientas para el acceso a la justicia.

- El amparo a treinta años de su incorporación a la Constitución.

- Los desafíos de la efectividad en la tutela de los derechos fundamentales: medidas cautelares, procesos urgentes, tutela de evidencia, cumplimiento y ejecución de la sentencias en procesos individuales y colectivos.

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Dos referencias, por lo menos, pueden ser útiles -como aporte- para aquellos que pretendan presentar una ponencia sobre estos puntos.

  1. La ponencia que presenté en el "XXV Congreso Nacional de Derecho Procesal", también organizado por la AADP en la Universidad Nacional de Buenos Aires, en el mes de Noviembre de 2009, titulada: "Tutela sumaria: diferenciada y ordinaria", publicada en el Libro de Ponencias (pág. 182/189), a la que se puede acceder (( aquí )) para continuar la posta.
    • Resumen: "En la presente ponencia se realiza un cotejo histórico del surgimiento de las tutelas diferenciadas, como instrumentos superadores de la insuficiencia del proceso ordinario. Se examina el derecho comparado y se contraponen posiciones locales representativas. En ese contexto, se observa el progreso nacional de las tutelas diferenciadas, se establece cuál es su fundamento, su método y técnica, y se propone cuál debería ser su dinámica procesal común. También se realiza su confronte y control de constitucionalidad. Por último, se sugiere reacomodar el proceso ordinario según la técnica sumaria monitoria, para integrarlo al sistema procesal como alternativa válida que responda a las actuales necesidades de justicia social".
    • También pueden consultarse las siguientes notas de este Blog, con la interconexión germinal de ideas:
      • Carpi: proceso y pronóstico ((ver))
      • Esquema para pensar el proceso actual ((ver))
      • El proceso y los procesos ((ver))
      • Tutelas procesales diferenciadas ((ver))
      • Síntesis: tutela ordinaria y diferenciada ((ver))
      • Teoría sintética del proceso monitorio ((ver))
      • ¿Proceso ordinario con estructura monitoria? ((ver))
      • El debido proceso / origen y finalidad ((ver))
      • Debido proceso eficiente y efectivo ((ver))
      • Es el Debido Proceso sí, y solo sí, es eficiente y eficaz ((ver))

  2. El profesor Roberto Berizonce publicó un artículo titulado: "Regulación procesal de las tutelas diferenciadas de la Constitución", en Revista Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Nacional de La Plata. UNLP - año 15/Nº 48-2018 (pp. 835/856).
    • Resumen: "A  partir  del  paradigma  protectorio  de  la  Constitución  y  el  derecho  humanitario, desarrollado en el Código Civil y Comercial se analizan los derechos típicos de las personas en situación de vulnerabilidad. Se postula una justicia protectoria, “de acompañamiento”, articulándose las bases para su regulación en las normativas procesales"


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